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Trámite para Residencias Temporales en El Salvador

Durante el mes de abril de 2019, la Asamblea Legislativa Aprobó la nueva Ley Especial de Migración y Extranjería, actualmente nos encostramos actualizando los requisitos para los tramites de residencia y naturalización, para obtener mayor información le sugerimos contactar con uno de nuestros asesores al correo: Gold Service E-mail

Si usted es extranjero y desea residir en El Salvador por motivos de trabajo, estudio o inversión Gold Service pone a su disposición los requisitos para los diferentes tipos de residencia en los que pudiera aplicar de acuerdo a la finalidad que desee realizar en El Salvador:

Mayor información sobre los requisitos y documentación necesaria para cada uno de los casos, favor seleccione la opción de su interés:

Prorroga de permanencia para turistas en El Salvador.

Para todos los extranjeros a quienes su prorroga de turista esta por vencer, la Dirección General de Migración y Extranjería, ha publicado una alternativa para solicitar una prórroga de su visa de turista, ante la emergencia nacional por COVID-19.

Algunos de los requisitos que solicitan para prorroga de turista se encuentran los siguientes:

  • Solicitud de Prórroga de permanencia de no residente.
  • Pasaporte original y fotocopia de todas las páginas utilizadas.
  • Fotografía reciente, tamaño pasaporte (3 cms. de ancho por 4 cms. de alto)
  • Fotocopia de boleto o itinerario de viaje, en la cual se debe detallar la aerolínea, número de vuelo, fecha de ingreso y salida del territorio salvadoreño.
  • Reservación de hotel si aplica, de lo contrario comprobar el lugar de alojamiento en la solicitud.
  • Carta emitida por quien respalda el trámite en el caso que aplique. Si el respaldante es una persona jurídica se deberá legalizar la firma relacionando la personería jurídica correspondiente.
  • Respaldo económico de su viaje y permanencia en el país.

Es muy importante que esta prórroga de turista, sea solicitada con cinco días de anticipación a la expiración del periodo inicialmente otorgado al ingreso al país, esto para evitar una infracción leve, cuya sanción es una multa equivalente al veinte por ciento de un salario vigente del sector comercio, hasta el cien por ciento de un salario de dicho sector.

Fuente: Dirección General de Migración y Extranjería.

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