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Reformas a la Ley de Migración en El Salvador 2026: Todo sobre tu Residencia Temporal

El Salvador continúa fortaleciendo su marco legal para garantizar un ordenamiento migratorio seguro y eficaz. Si eres extranjero viviendo en el país, o planeas establecerte pronto, es vital mantenerte actualizado con los recientes cambios en la normativa.

En el Diario Oficial del 23 de marzo de 2026, se publicaron importantes reformas a la Ley Especial de Migración y de Extranjería de El Salvador. Mediante el Decreto No. 531, estas modificaciones están orientadas principalmente a establecer parámetros de control de permanencia para los residentes temporales y a actualizar los procesos de nacionalización y naturalización.

En GOLD SERVICE, te explicamos de manera sencilla cómo impactan estas nuevas disposiciones y cómo podemos apoyarte con nuestro Servicio sobre asesoría en Residencia Temporal en El Salvador.

Nuevos Requisitos para la Residencia Temporal

Uno de los pilares de esta reforma es dotar de seguridad jurídica a los procesos migratorios y establecer controles claros sobre los plazos de permanencia en el país. Para lograrlo, se han modificado los artículos 49 (numeral 5) y 119 de la ley, detallando nuevos parámetros de estadía en el territorio nacional.

Si eres titular de una residencia temporal, debes prestar atención a las siguientes reglas:

Tiempo mínimo de estadía:

Toda persona con residencia temporal deberá permanecer en el territorio salvadoreño un mínimo de 90 días calendario dentro de cada año.

Forma de cálculo:

Los días de permanencia requeridos pueden ser cumplidos de forma consecutiva o acumulados a lo largo del año respectivo.

Excepciones estrictas:

Solo se admitirán justificaciones a este requisito si existe un caso fortuito o fuerza mayor, el cual debe demostrarse debidamente ante la Dirección General de Migración y Extranjería.

sanción por incumplimiento:

El no cumplir con este periodo mínimo de permanencia es una causal directa para la cancelación de tu estatus de residente temporal.

Actualizaciones en los Procesos de Nacionalidad

Además de los controles de permanencia, las reformas buscan garantizar el derecho a la unidad familiar y el interés superior de los niños y adolescentes.

Facilidades para la Nacionalidad de Menores

Las nuevas normativas facilitan el acceso a la nacionalidad para los menores de 18 años nacidos en el extranjero, antes de que sus padres obtengan la calidad de salvadoreños por nacimiento o por naturalización.

Solicitud de los padres:

Estos menores serán considerados salvadoreños previa solicitud de sus padres, siguiendo el procedimiento de la Dirección General de Migración y Extranjería.

Ratificación de voluntad:

Una vez que el menor alcance la mayoría de edad, deberá manifestar formalmente ante la autoridad competente su voluntad de mantener la nacionalidad salvadoreña.

Residencia Temporal en El Salvador

Causales de Pérdida de Nacionalidad por Naturalización

Para salvaguardar el orden constitucional, se reformó el artículo 279, estableciendo causales claras e irrevocables de pérdida de la calidad de salvadoreño por naturalización. Los extranjeros naturalizados perderán su nacionalidad por las siguientes razones:

Pérdida por ausencia:

Por residir más de dos años consecutivos en su país de origen o por ausencia del territorio de la República por más de cinco años consecutivos, salvo que posean una autorización.

Pérdida por delitos:

Al recibir una sentencia ejecutoriada por la comisión de delitos dolosos graves.

Condición definitiva:

La legislación es muy estricta al estipular que quien pierda la nacionalidad por estas vías, no podrá recuperarla.

En GOLD SERVICE, somos tu aliado estratégico ideal. A través de nuestra asesoría legal sobre Residencia Temporal en El Salvador, te brindamos asesoría legal integral para que tus trámites de obtención, renovación y mantenimiento cumplan de forma perfecta con las normativas vigentes. 

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