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Sala declara inconstitucional cobro del 1% de renta sobre activos

La Sala de lo Constitucional concluyó que dicho impuesto vulnera el artículo 131 de la Constitución.

La Sala de lo Constitucional declaró inconstitucional el cobro del 1% de la renta a empresarios sobre el valor de sus activos por violar el artículo 131, ordinal seis, de la Carta Magna.

La demanda fue presentada por los ciudadanos Pedro Alejandro Mendoza Calderón y Daniel Eduardo Olmedo Sánchez, quienes denunciaron la ilegalidad del artículo 77 de la  Ley de Impuesto sobre la Renta.

 

Dicho artículo “vulnera el principio de equidad tributaria en su manifestación de capacidad económica”, argumentó la Sala de lo Constitucional.

 

Entre las facultades de la Asamblea Legislativa le corresponde -según el inciso 6 del articulo 131 de la Carta Magna- “decretar impuestos, tasas y demás contribuciones sobre toda clase de bienes, servicios e ingresos, en relación equitativa; y en caso de invasión, guerra legalmente declarada o calamidad pública, decretar empréstitos forzosos en la misma relación, si no bastaren las rentas públicas ordinarias”.

 

Asimismo, los magistrados declaran inconstitucional los artículos 76, 78, 79, 80, y 81 de dicha ley secundaria que se relacional a la forma de pago del cuestionado 1% de renta sobre los activos.

 

La sentencia fue firmada por los magistrados Florentín Meléndez, Belarmino Jaime, Rodolfo González, Germán Álvarez, este último suplente de presidente de la Sala de lo Constitucional y de la Corte Suprema de Justicia, Óscar Pineda Navas

 

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