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Nuevo marco normativo de Propiedad Intelectual en El Salvador

Nueva Ley de Propiedad Intelectual El Salvador
Nueva Ley de Propiedad Intelectual El Salvador

 La Asamblea Legislativa aprobó la nueva Ley de Propiedad Intelectual en El Salvador, la cual ha sido publicada el 15 de agosto de 2024 en el Diario Oficial, y entrará en vigencia el 16 de febrero de 2025. Esta Ley viene a derogar la actual Ley de Propiedad Intelectual, la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos vigentes, puesto que, en un solo cuerpo normativo, se ha unificado toda la legislación en materia de Propiedad Intelectual en El Salvador; con esta iniciativa también se crea el Instituto Salvadoreño de la Propiedad Intelectual (ISPI). El objetivo de esta Ley, es fomentar la creatividad e innovación, tanto nacional como extranjera, y garantizar su protección, con lo cual se pretende impulsa el desarrollo económico del país. 

Creación del Instituto Salvadoreño de la Propiedad Intelectual (ISPI)

Entre las novedades que regula la nueva Ley de Propiedad Intelectual, es la creación del Instituto Salvadoreño de la Propiedad Intelectual  (ISPI), que reemplazará al Registro de Propiedad Intelectual. El Instituto, según el artículo 6 de la nueva Ley, será una dependencia del Centro Nacional de Registros y será dirigido por un Director, Abogado y Notario con al menos cinco años de experiencia en el área de Propiedad Intelectual. Se encargará de tramitar todas las solicitudes y el otorgamiento de registros y títulos relativos a trámites de marcas, Patentes, Derechos de Autor y Derechos Conexos en El Salvador.

Nuevas Definiciones y Ampliación de Marcas en El Salvador

Otra novedad, es que el Artículo 3, define un signo distintivo, como: “un signo que se utiliza en el comercio, en cualquiera de sus formas, incluido el comercio electrónico, digital o tecnológicamente equivalente que cumpla la función distintiva, en cuanto a su origen, calidad, procedencia, aptitud o cualquier otra característica, con el objeto de distinguirse respecto de terceros”. Este es un paso importante que implementa esta Ley, al reconocer que las marcas no solo se usarán en el comercio tradicional, si no que ahora, ya hay nuevas formas de comercio digital.

También se establecen otros tipos de signos que pueden constituir marcas, como lo son: imágenes tridimensionales, palabras e imágenes en movimiento, estampados, sabores, entre otros.

Vigencia de Registro de Nombres Comerciales en El Salvador

En cuanto al registro de Nombres Comerciales, este tendrá una vigencia de 10 años, renovables por períodos iguales, siempre y cuando se acredite su uso durante la vigencia del registro. Actualmente, los Nombres Comerciales tienen una vigencia indefinida.

Exenciones de tasas oficiales

Otro aspecto importante que brinda la nueva Ley es que otorga una exención total de las tasas que establece, para el Estado y las Municipalidades. Y en el caso de tratarse de Instituciones de todos los niveles Educativos, se les otorga una exención para ciertos trámites que determina la Ley en su Artículo 324, y para los Miembros de Instituciones de Educación Superior y personas naturales o jurídicas clasificadas como micro y pequeña empresa, se les otorga una exención del 50% de las tasas oficiales para presentar, publicar y derechos de registro.

Publicaciones Electrónicas y Tasas Oficiales

La fase de publicaciones tiene una importante variación, ya que, una vez admitida la marca, a petición del solicitante, las publicaciones se podrán realizar oficialmente por medio de un aviso electrónico en el Boletín de Propiedad Intelectual, nueva figura creada con esta Ley, dentro de los 10 días siguientes a la petición. Actualmente las marcas se publican en un Diario de mayor circulación del país y en el Diario Oficial. Esperamos que este cambio venga a solucionar el considerable atraso que se genera actualmente el publicar en el Diario Oficial y haga esta etapa mucho más ágil.

Con respecto a las tasas oficiales en el marco de la nueva Ley de Propiedad Intelectual de El Salvador, se han realizado importantes modificaciones. Por ejemplo, Actualmente, no existe un costo por la presentación de solicitudes, pero con la nueva normativa, se establece una tarifa de 20 dólares de los Estados Unidos de América por solicitud. Además, los derechos de registro serán de 80 dólares por marca y clase, una reducción en comparación con los 100 dólares actuales.

Las publicaciones en el Boletín de Propiedad Intelectual tendrán un costo de 50 dólares, más 5 dólares por cada clase adicional. En cuanto a la renovación en periodo de gracia, se pagará 100 dólares, mientras que actualmente solo se pagan 30 dólares durante el primer mes, y de 100 dólares del segundo al sexto mes. La tasa de oposiciones se incrementará de 30 dólares a 50 dólares con la nueva legislación.

En conclusión, estaremos a la espera de la aplicación y entrada en vigencia de la nueva Ley de Propiedad Intelectual en El Salvador, esperando que este cambio sea para bien tanto para el desarrollo del país como para garantizar una mejor protección de la Propiedad Intelectual, para que tanto emprendedores, estudiantes, comerciantes y empresarios puedan animarse a proteger sus creaciones y obras del intelecto. Si tiene cualquier duda, con gusto puede contactarnos a gold@goldservice.com.sv

Escrito por Lic. Ingrid Stefany Cornejo Lindo
Abogada de Propiedad Intelectual en El Salvador

Preguntas Frecuentes

¿Qué es el Instituto Salvadoreño de la Propiedad Intelectual (ISPI)?

El Instituto Salvadoreño de la Propiedad Intelectual (ISPI) es una entidad creada por la nueva Ley de Propiedad Intelectual en El Salvador. Su principal función es gestionar las solicitudes de registros y títulos de propiedad intelectual, como marcas, patentes, derechos de autor y derechos conexos. Además, el ISPI supervisa el uso de obras, interpretaciones y producciones protegidas, y actúa como mediador en conflictos entre los titulares de derechos.

Este instituto reemplazará al Registro de Propiedad Intelectual y será una dependencia del Centro Nacional de Registros (CNR)

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