Aprobarán ley de extinción de dominio luego de aval CSJ
ARENA y FMLN dicen estar listos para votar. GANA quiere escuchar a la CSJ para que no sea inconstitucional.
Luego de varios meses en estudio, la Ley Especial de Extinción de Dominio será dictaminada por la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales y llevada a aprobación en sesión plenaria de este jueves, luego de una reunión con los magistrados de la Corte Suprema de Justicia.
De aprobarse este jueves, la nueva ley entraría en vigor después de los primeros 30 días luego de su publicación en el Diario Oficial. Pero sería aplicada plenamente luego de 270 días de su vigencia.
La ley especial tendrá como objetivo principal normar el procedimiento de transferir un bien obtenido de forma ilícita a favor del Estado salvadoreño. Para ello, se crearán dos tribunales y dos cámaras.
La persona, explicó el diputado Julio Fabián, de ARENA, tendrá la oportunidad de demostrar cómo adquirió el bien. Si no lo demuestra, un tribunal presumiría que lo adquirió ilícitamente y se iniciaría el proceso de extinción.
El secretario de la Comisión, Antonio Almendáriz, del PCN, confirmó la presentación del dictamen en el pleno.
Los parlamentarios aprobaron un plazo de 180 días para la creación de las instituciones relacionadas a la aplicación de la ley. El segundo otorga 90 días para la capacitación de todos los encargados de ejecutar la ley.
Los plazos serán consultados con los magistrados de la CSJ el próximo jueves antes de llevar el dictamen a sesión plenaria. Los diputados expresaron que los plazos para dicha ley puede variar, luego de la reunión con la CSJ.
Listos para votar
Los diputados de las fracciones ARENA y FMLN dicen estar listos para votar el jueves.
La diputada Jackeline Rivera, del FMLN, expresó que su fracción no tenía ningún inconveniente en dictaminar la ley ayer mismo. “Lo único que está pendiente en la ley son los plazos. Nosotros estamos dispuestos para dictaminar y aprobar una ley el próximo jueves”. El diputado Julio César Fabián, de la bancada de ARENA dijo respaldar la posición de Rivera.
Mario Tenorio, de GANA, criticó que “los grupos mayoritarios de esta Asamblea no quieren escuchar la opinión de los magistrados”. Advirtió que, de no escuchar la opinión de ellos, existe la posibilidad que se declare inconstitucional este instrumento.
“Lo más importante es que ya se ha hecho una propuesta de dictamen”, añadió.
El artículo 96 de esta normativa indica que los bienes extinguidos serán distribuidos de la siguiente forma: un 5% a la Procuraduría General de la República, un 15% al Consejo Nacional de Administración de Bienes (Conab), instancia que será creada con la ley, un 35% para el Ministerio de Justicia y Seguridad Pública, y un 35% para la Fiscalía General de la República.
Proceso para extinguir el dominio
1-Pruebas de origen lícito
La persona investigada tendrá la oportunidad de demostrar cómo adquirió el bien. Si no lo puede demostrar, se presume que lo adquirió ilícitamente y lo perderá permanentemente. Por ello, se llama “extinción” de dominio.
2- No prescripción
Los diputados explicaron que aplicación no prescribe, es decir, si la persona investigada adquirió un bien de manera ilícita hace 10 o 15 años, también sería objeto de aplicación por la misma ley, luego de un proceso. Los términos son más fatales.
3-Tribunales y cámaras especiales
Se crearían cuatro tribunales y cámaras especiales, cuyo funcionamiento empezaría a ejecutar a finales del año 2014 luego de un proceso de capacitación, de 90 días, a todos los aplicadores de la nueva normativa.
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