La sustitución del Número de Identificación Tributaria (NIT) por el Documento Único de Identidad (DUI) entró en vigencia el pasado 24 de diciembre, según por el Ministerio de Hacienda. La reforma implicará algunos cambios que los contribuyentes necesitan conocer. A continuación se detallan los principales:
1. Sustitución
Mientras que las personas naturales mayores de edad, el reemplazo del número de NIT será automático y podrá ser consultado en línea en la Dirección General de Impuestos Internos. Caso contrario, el trámite deberá efectuarse en el sitio web del Ministerio de Hacienda.
2. Personas jurídicas
A las personas jurídicas se les seguirá asignando un NIT único y permanente que una vez emitido no podrá modificarse ni asignarse a otro sujeto.
3. Extranjeros
Las instituciones del estado, organismos internacionales, extranjeros, niños y adolescentes y entidades sin personalidad jurídica la asignación del NIT se hará previa solicitud ante “la autoridad del sistema de registro de la administración tributaria o mediante los medios tecnológicos que esta determine”.
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4. Casos especiales
Si la persona no tiene DUI deberá tramitar el registro y asignación en un Duicentro; en ese momento el Registro Nacional de Personas Naturales (RNPN) deberá conectarse con el sistema de la administración tributaria para que los datos queden registrados en el Registro Único de Contribuyentes (RUC). Como segundo paso, la persona deberá obtener la representación gráfica digital de su NIT en el portal de Hacienda.
5. Con DUI pero sin NIT
Quienes tengan DUI, pero no NIT, podrán obtener la representación gráfica digital en el sitio web de Hacienda. Si el contribuyente desea copia de esta representación gráfica deberá solicitarla en los centros de atención express de la entidad, quien también especificó que todo cambio en el DUI se verá reflejado de manera simultánea en el NIT.
6. Plazo
Las personas cuyo trámite de sustitución no se haya realizado de manera automática tienen hasta el 30 de junio de 2022 para realizar dicho proceso.
7. Menores
Los menores de edad que tengan asignado un número de NIT, al cumplir la mayoría de edad y obtener su DUI, el primero les será sustituido, según la guía publicada por el Ministerio de Hacienda.
8. Trámites
Las personas cuyo NIT ya fue reemplazado por el DUI podrán utilizarlos indistintamente para el cumplimiento de sus obligaciones hasta el 30 de junio de 2022.
9. Costo
Mientras las personas y entidades que requieran copia de la representación gráfica impresa del NIT pagarán $2 cuando sea por primera vez y $6 por modificación, reposición o certificación, según la reforma aprobada.
10. Exentas
Las personas naturales están exentas del pago por la emisión, modificación o reposición de la representación gráfica digital del NIT. Si requieren copia impresa de esta representación o una certificación deberán pagar.